Por Juan Ramón Negrete Jiménez
Colima, Col., 18 de septiembre de 2020.-El Congreso del Estado resolvió no llamar a Manuel Torres Salvatierra, para que asuma responsabilidades como diputado propietario en lugar de la diputada Blanca Livier Rodríguez Osorio, por considerar que la sesión virtual celebrada el 7 de julio, aún cuando la legisladora de MORENA, junto con otros seis diputados decidieron no decir “Presente”, a la hora del pase de asistencia, sí estuvo presente en el desarrollo de la misma.
Esa fue la respuesta que el Congreso del Estado, dio a la solicitud del ciudadano Manuel Torres Salvatierra, para ser llamado a ocupar el cargo de diputado propietario ante el supuesto de que la legisladora Blanca Livier Rodríguez Osorio, había acumulado tres faltas consecutivas, al no haber participado en las sesiones públicas, 11, 12 y 13, celebradas los días 7 y 8 de julio.
En la contestación que da el Congreso a Torres Salvatierra, destaca que el 7 de julio, “se celebró a través de plataforma zoom la sesión pública ordinaria número 11, en virtud de haberse tomado las instalaciones del recinto legislativo por una minorías parlamentaria, observándose a lo largo de la videograbación que la diputada Blanca Livier Rodríguez Osorio, estuvo presente en el desarrollo de la misma, pero ignorándose las razones por las cuales no señaló estar presente, lo cual quedó asentado en el acta que al efecto se levantó y que fue firmada por los diputados secretarios. Se resalta que los diputados secretarios fueron Martha Alicia Meza Oregón y Miguel Ángel Sánchez Verduzco”.
De acuerdo al documento de respuesta a Torres Salvatierra, la diputada Rodríguez Osorio, estuvo ausente sin justificación en las sesiones número 12, del mismo 7 de julio, así como en la sesión número 13, de fecha 8 de julio, cuando se celebró la sesión pública ordinaria.
En un cuadro elaborado exprofeso para contabilizar las inasistencias de la diputada Livier Rodríguez, señala que en la sesión número 10, celebrada el 30 de junio, sí estuvo presente.
En la sesión número 11, realizada vía zoom, la citada legisladora asistió sin decir presente, y la mesa directiva en funciones, no realizó ningún pronunciamiento en el sentido e si era o no inasistencia.
Posteriormente en la sesión ordinaria número 12, que fue presencial, Blanca Livier Rodríguez estuvo ausente sin justificación; a igual que en la sesión número 13; y en la sesión número 14, que se desarrolló de manera virtual, la diputada en cuestión estuvo presente, por lo que no se emitió ningún pronunciamiento de parte de los integrantes de la mesa directiva.
De acuerdo al arábigo 13 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Colima, “solamente la falta a tres sesiones consecutivas da lugar a considerar que el diputado o diputada, renuncia a su derecho de concurrir a las sesiones en el período inmediato, es decir en el período del mes de abril a agosto de 2020, pues la petición del solicitante se centra en ser llamado a ejercer el cargo de diputado con base en ese numeral”.
En la respuesta que da el Congreso el Estado “en la especie dicho supuesto no fue actualizado porque consta precisamente en los registros de este H. Congreso del Estado de Coima, concretamente para los efectos del primer párrafo del artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima, conforme a la videograbación de la sesión pública ordinaria número 11 de fecha 7 de julio de 2020, que la diputada Blanca Livier Rodríguez Osorio estuvo presente para el desahogo de la sesión, pero el efecto de no haber dicho presente para el desahogo de la sesión, específicamente y por lo que respecta a la aplicación del diverso arábigo 14, del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, generó la imposibilidad de ella de tomar decisiones en la Asamblea, es decir, estuvo impedida de votar, pero no de participar con voz durante la misma”.
En otra parte del documento se indica que “en virtud de no haberse actualizado las faltas a tres sesiones consecutivas sin causa justificada y no haberse generado la certificación de la inasistencia sin justificación, por lo que corresponde a la diputada Blanca Livier Rodríguez Osorio, no es posible llamar al solicitante a que entre en funciones de la referida diputada, máxime que su petición fue realizada en el mes de agosto de 2020, mes en el que feneció el segundo período ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional de la LIX Legislatura, siendo evidente que aun en el evento de haber sido aquella petición procedente a su derecho de ejercicio del cargo, a la fecha ha quedado sin materia la petición del ciudadano Torres Salvatierra, puesto que de haber sido procedente la misma en su caso, se le hubiera llamado exclusivamente por ese mes en curso (agosto), al ser el período ordinario inmediato el correspondiente al que pretendía ser llamado…” Finalmente la presidenta de la mesa directiva, ordena que en virtud de que la diputada en cuestión no entregó justificantes de las sesiones de los días 7 y 8 de julio, “se ordena efectuar el descuento correspondiente a esos días de dieta correspondiente a la diputada Blanca Livier Rodríguez Osorio, esto, por conducto de la Dirección de Administración, Finanzas y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del H. Congreso del Estado, lo que deberá informarse puntualmente antes de la liberación de la dieta correspondiente a la segunda quincena del mes de septiembre de 2020, a la Presidencia de la Comisión Permanente