COMENTARIO A TIEMPO


Por Teodoro Rentería Arróyave

Para jueves 31 de enero de 2019

PRIMERA PARTE

Con el título: Cuba rechaza enérgicamente la amenaza de activación del Título III de la Ley Helms-Burton, hemos recibido de la Embajada de la revolucionaria nación caribeña, el siguiente comunicado, que en tres entregas lo damos a conocer a la opinión pública de nuestro país para que se entienda de que esta hecha la citada legislación “transnacional” de la potencia económica-militar del norte:

Cuba rechaza enérgicamente la amenaza de activación del Título III de la Ley Helms-Burton.

El gobierno del Presidente Donald Trump amenaza con dar un nuevo paso que reforzaría, de manera peligrosa, el bloqueo contra Cuba, violaría flagrantemente el Derecho Internacional y atacaría directamente la soberanía y los intereses de terceros países, señala La declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores, que reproducimos integra:

El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció la decisión de suspender sólo por 45 días la aplicación del título III de la Ley Helms-Burton, “para realizar una cuidadosa revisión… a la luz de los intereses nacionales de los Estados Unidos y los esfuerzos por acelerar una transición hacia la democracia en Cuba, e incluir elementos tales como la brutal opresión del régimen contra los derechos humanos y las libertades fundamentales y su inexcusable apoyo a los regímenes cada vez más autoritarios y corruptos de Venezuela y Nicaragua”.

El gobierno del Presidente Donald Trump amenaza con dar un nuevo paso que reforzaría, de manera peligrosa, el bloqueo contra Cuba, violaría flagrantemente el Derecho Internacional y atacaría directamente la soberanía y los intereses de terceros países.

Cuba rechaza esa amenaza del modo más enérgico, firme y categórico. La asume como un acto hostil de extrema arrogancia e irresponsabilidad, a la vez que repudia el lenguaje irrespetuoso y calumnioso del mensaje público del Departamento de Estado.

La Ley Helms-Burton entró en vigor en 1996. Se concibió para codificar y endurecer la política de bloqueo económico, comercial y financiero impuesta oficialmente en 1962, con el objetivo de subvertir y derrocar al gobierno de Cuba e imponer un régimen del agrado del gobierno de los Estados Unidos.

Consta de cuatro títulos y se aplica desde su promulgación. Se caracteriza por su extremo alcance extraterritorial, por ser violatoria de las normas y principios del Derecho Internacional, contravenir las reglas del comercio y las relaciones económicas internacionales y por ser lesiva a la soberanía de otros Estados, principalmente por la aplicación de sus disposiciones contra las compañías y personas establecidas en el territorio de estos. CONTINUARÁ.

Periodista y escritor; Presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; Secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; Presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional y Académico de Número de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodoro@libertas.com.mxteodororenteriaa@gmail.comNos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.infowww.ciap-felap.orgwww.fapermex.org, y www.clubprimeraplana.org