17 de agosto de 2018.

Aprueban diputados Ley de Protección a periodistas y Defensores de Derechos Humanos

 

  • La Ley garantiza la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa y promoción de los derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo; además de implementar y operar las medidas de prevención y protección.
  • Reciben diputados informe semestral del titular de la Fiscalía General del Estado de Morelos, Uriel Carmona Gándara.

Los diputados integrantes de la LIII Legislatura aprobaron la Ley de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos del Estado de Morelos, con el objetivo de establecer el Mecanismo de Protección para Personas defensoras de derechos humanos y periodistas, a fin de que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos.

Durante la Sesión Extraordinaria del Segundo Receso correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, el Pleno del Congreso avaló de forma unánime el ordenamiento que reconoce los principios del ejercicio de la promoción y defensa de los derechos humanos y del periodismo como actividades de interés público, teniendo como función el Estado, promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos vinculados a ello.

Así mismo, establece la necesidad de generar condiciones de vida digna para continuar ejerciendo su labor, a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas que se encuentren fuera de su lugar de origen a consecuencia de la violencia de la que fueron o podrían ser potenciales víctimas.

El ordenamiento indica que se deben implementar y operar Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección, que garanticen la vida, integridad, libertad y la seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa y promoción de los derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo, con la finalidad de garantizar las condiciones para continuar ejerciéndola, salvaguardar los mismos derechos y bienes de los familiares o personas vinculadas a los periodistas y/o defensores de derechos humanos.

De igual manera indica que se deben establecer las obligaciones y responsabilidades de los entes públicos del Estado, en cuanto a la implementación y operación de las Medidas Preventivas, Medidas de Protección y Medidas Urgentes de Protección en el ámbito de su competencia, las cuales deberán desarrollarse con la debida diligencia y perspectiva de género, garantizando una acción libre de discriminación y violencia, en el marco del respeto de los Derechos Humanos.

Reciben diputados Informe Semestral del titular de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Durante la misma sesión, los diputados recibieron al titular de la Fiscalía General del Estado de Morelos, Uriel Carmona Gándara, quien presentó su informe semestral de trabajo ante el Pleno del Congreso, dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 79-B de la constitución Política del Estado de Morelos y será revisado por las comisiones pertinentes.